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Pasos de la visa EB-3: qué ocurre desde el patrocinador hasta la green card

EB-3 Visa Steps: What Happens From Sponsor to Green Card

Resumen:

El proceso de la visa EB-3 consta de ocho etapas principales, desde encontrar un empleador que te patrocine hasta la entrevista final para la green card. Cada etapa tiene su propio papeleo, agencia gubernamental y período de espera, y conocer el orden hace el proceso menos confuso. Es importante seguir cada paso detalladamente y consultar los tiempos de trámite actualizados, ya que cambian frecuentemente.

Escuche el artículo:

El proceso de la visa EB-3 tiene ocho etapas principales, desde encontrar un empleador que te patrocine hasta la entrevista final para tu green card. Cada etapa tiene su propio papeleo, su propia agencia de gobierno y su propio periodo de espera, y saber qué viene después hace que el proceso completo de EB-3 sea mucho menos confuso.

Resumen rápido: el proceso EB-3 en orden

Antes de entrar en detalles, esta es la secuencia completa de un vistazo.

  1. Encontrar un empleador que te patrocine
  2. Determinación del salario prevaleciente (ETA-9141)
  3. Certificación laboral PERM (ETA-9089)
  4. Petición de inmigrante I-140
  5. Esperar tu fecha de prioridad
  6. Trámite del NVC y DS-260, o ajuste de estatus
  7. Biometría en un Centro de Apoyo a Solicitudes (ASC)
  8. Entrevista de visa y aprobación de la green card

Cada uno de estos pasos se explica más abajo. Para ver cuánto tarda cada uno en este momento, consulta nuestra guía de tiempos de trámite de la visa EB-3, ya que estos plazos cambian con frecuencia y conviene revisarlos por separado de este artículo.

Paso 1: encontrar un empleador que te patrocine

El proceso EB-3 empieza con una oferta de trabajo, no con una solicitud que presentas por tu cuenta. Un empleador estadounidense tiene que estar dispuesto a patrocinarte, lo que significa que acepta pasar por el proceso de certificación laboral en tu nombre.

La EB-3 cubre tres categorías de trabajadores: trabajadores calificados (empleos que requieren al menos dos años de capacitación o experiencia), profesionales (empleos que requieren un título universitario estadounidense o su equivalente) y otros trabajadores, a veces llamados trabajadores no calificados (empleos que requieren menos de dos años de capacitación). Tu categoría influye en qué empleos califican y en cuánto tendrás que esperar por un número de visa.

Un patrocinador legítimo tiene un puesto real, permanente y de tiempo completo que necesita cubrir. Debe poder describir con claridad las funciones del trabajo y explicar por qué no encuentra a un trabajador estadounidense calificado para el puesto.

Fíjate en las señales de alerta de un mal patrocinador: alguien que te pide pagar grandes cuotas por adelantado por el patrocinio en sí, descripciones del puesto vagas o que cambian todo el tiempo, o presión para que firmes documentos que no has tenido tiempo de leer. El patrocinio de un empleador real es una decisión de negocio de su parte, no un servicio que te están vendiendo.

Puedes ver aquí las vacantes EB-3 disponibles para conocer cómo funciona el patrocinio en distintas industrias.

Paso 2: determinación del salario prevaleciente (ETA-9141)

Antes de que tu empleador pueda presentar cualquier otra cosa, tiene que solicitar una determinación del salario prevaleciente al Departamento del Trabajo. Este paso confirma el salario mínimo que debe pagarte para ese puesto y esa ubicación específicos, de modo que no se pueda usar a un trabajador patrocinado para bajar los salarios en Estados Unidos.

Esta solicitud la presenta el empleador, no tú. Es fácil que los trabajadores supongan que les toca encargarse de este paso, pero corresponde por completo al empleador y aquí no hay nada que tú tengas que entregar.

Este paso suele tardar varios meses, y la espera puede variar bastante según el estado y la ocupación. Puedes leer más sobre el formulario de solicitud de salario prevaleciente aquí.

Una vez que el Departamento del Trabajo emite la determinación salarial, tu empleador puede pasar a la certificación laboral.

Paso 3: certificación laboral PERM (ETA-9089)

PERM son las siglas de Program Electronic Review Management, y es el proceso que usa tu empleador para demostrar que no había ningún trabajador estadounidense calificado disponible para tu puesto. Se presenta a través del Foreign Labor Application Gateway (FLAG), el sistema oficial del Departamento del Trabajo para estas solicitudes.

Antes de presentar el formulario ETA-9089 en sí, tu empleador tiene que llevar a cabo un proceso de reclutamiento real. Eso normalmente incluye:

  • Publicar la vacante en la agencia estatal de empleo durante 30 días
  • Colocar dos anuncios dominicales en un periódico (o un equivalente, según la ocupación)
  • Publicar un aviso interno del puesto en el centro de trabajo
  • Documentar y considerar a cualquier solicitante estadounidense que responda

Este paso de reclutamiento es la parte del proceso sobre la que los trabajadores tienen menos visibilidad, porque ocurre por completo del lado del empleador y no hay forma de consultar su estatus desde fuera. También hay un periodo de espera obligatorio de 30 días después de que termina el reclutamiento, llamado "periodo de silencio", antes de que el empleador siquiera pueda presentar el ETA-9089.

Si un solicitante estadounidense sí responde al anuncio del puesto, el empleador tiene que documentar una razón específica y relacionada con el trabajo para no contratarlo. Razones vagas como "no encajaba bien" no se sostienen, y esa es una de las razones por las que este paso suele tardar más de lo que los trabajadores esperan. Una vez que el reclutamiento está completo, ha pasado el periodo de silencio y no se encontró a ningún trabajador estadounidense calificado, el empleador presenta la certificación laboral ETA-9089. Aprende más en nuestra entrada de glosario sobre el ETA-9089.

La aprobación del PERM puede tardar un tiempo, y los tiempos de trámite cambian según los atrasos del Departamento del Trabajo. Una vez aprobada, tu empleador tiene 180 días para presentar el siguiente paso, la petición I-140.

Paso 4: petición de inmigrante I-140

Con el PERM aprobado, tu empleador presenta el Formulario I-140, la Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, ante USCIS. Esta petición establece tu fecha de prioridad, que es la marca que determina tu lugar en la fila para obtener un número de visa.

Tu empleador puede pagar por el trámite premium, que garantiza una decisión sobre el I-140 en sí dentro de un número determinado de días hábiles. Vale la pena entender qué te da esto realmente: el trámite premium acelera únicamente este paso, no el calendario general. La espera por tu fecha de prioridad, que suele ser la parte más larga del proceso, no se ve afectada en absoluto.

Si USCIS aprueba el I-140, tu fecha de prioridad queda fijada a partir de la fecha en que se presentó originalmente la solicitud de PERM, no de la fecha en que se aprobó el I-140. Esa fecha anterior importa mucho cuando llegas al siguiente paso.

La evidencia que USCIS espera con el I-140 depende de tu categoría. Las peticiones de trabajadores calificados y profesionales necesitan pruebas de que cumples con los requisitos de educación o experiencia indicados en el PERM aprobado, como diplomas, certificados de estudios o cartas de empleadores anteriores que confirmen tus funciones y fechas de trabajo. Las peticiones de otros trabajadores se centran más en confirmar que la oferta de empleo es genuina y coincide con lo que se certificó en la certificación laboral. La evidencia faltante o inconsistente en esta etapa es una causa común de Solicitudes de Evidencia, que pueden añadir meses al calendario.

Paso 5: esperar tu fecha de prioridad

Este suele ser el paso más largo de todo el proceso, a veces por años. Tu fecha de prioridad solo te sirve cuando queda "vigente" (current), es decir, cuando el gobierno ha avanzado lo suficiente en la fila para llegar a ella.

Cómo leer el Visa Bulletin

El Departamento de Estado publica un Visa Bulletin mensual que indica qué fechas de prioridad están vigentes para cada categoría de visa y país de nacimiento. Para revisar tu propia situación:

  1. Busca la fila de EB-3 correspondiente a tu categoría específica de trabajador (calificado, profesional u otro trabajador)
  2. Busca la columna de tu país de nacimiento (la mayoría de los países comparten una sola columna, pero unos pocos tienen la suya propia)
  3. Compara la fecha indicada con tu propia fecha de prioridad

Si la fecha del boletín es posterior a la tuya, tu fecha de prioridad está vigente y puedes avanzar. Si es anterior, todavía estás en espera.

En realidad el boletín publica dos tablas cada mes, y USCIS decide qué tabla aplica para presentar tu siguiente formulario. Vale la pena consultar esa página directamente en lugar de dar algo por sentado.

Vigente (current) frente a retroceso

"Vigente" (current) significa que ya se llegó a tu fecha de prioridad y puedes pasar al siguiente paso. "Retroceso" (retrogression) significa que la fecha de corte del boletín en realidad se mueve hacia atrás en lugar de hacia adelante, lo que ocurre cuando los límites anuales de números de visa se agotan más rápido de lo previsto.

El retroceso no cancela tu caso ni tu fecha de prioridad. Solo pausa tu avance hasta que el boletín vuelva a moverse hacia adelante, lo cual es frustrante pero temporal. Nuestra entrada de glosario sobre la fecha de prioridad explica esto con más detalle.

Paso 6: trámite del NVC y DS-260, o ajuste de estatus

Una vez que tu fecha de prioridad está vigente, tu caso sigue uno de dos caminos, según dónde vivas.

Si estás fuera de Estados Unidos: trámite consular

Tu caso pasa al Centro Nacional de Visas (NVC), que cobra las cuotas y recopila los documentos antes de programar tu entrevista en un consulado de Estados Unidos en el extranjero. Presentarás en línea el Formulario DS-260, la solicitud de visa de inmigrante.

El trámite del NVC implica dos cuotas distintas, una por la declaración jurada de sostenimiento y otra por la solicitud de visa de inmigrante, ambas pagadas en línea antes de que tu caso se considere documentalmente completo. El NVC no programará tu entrevista hasta que las dos cuotas estén pagadas y todos los documentos requeridos hayan sido subidos y aceptados.

Los documentos que normalmente se necesitan en esta etapa incluyen:

  • Pasaporte vigente
  • Acta de nacimiento
  • Acta de matrimonio, si aplica
  • Certificados de antecedentes penales de cada país en el que hayas vivido un año o más desde los 16 años
  • Registros militares, si aplica
  • Registros judiciales y penitenciarios, si aplica

Aprende más sobre esta etapa en nuestra entrada de glosario sobre el NVC y nuestra entrada de glosario sobre el DS-260.

Si ya estás en Estados Unidos: ajuste de estatus

Si ya te encuentras legalmente en Estados Unidos, es posible que puedas presentar el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus, en lugar de pasar por un consulado. Este camino requiere:

  • Un examen médico completo (Formulario I-693) hecho por un médico civil autorizado
  • Los mismos documentos civiles enumerados arriba
  • Prueba de tu estatus legal actual

El ajuste de estatus también te permite solicitar autorización de empleo mientras tu caso está pendiente, usando el Formulario I-765, para que no te quedes sin una fuente de ingresos durante la espera.

Paso 7: biometría en un Centro de Apoyo a Solicitudes (ASC)

Sea cual sea el camino que tomes, tarde o temprano te programarán una cita de biometría en un Centro de Apoyo a Solicitudes (ASC) de USCIS. Ahí se toman tus huellas dactilares, tu foto y tu firma para las verificaciones de antecedentes y de seguridad.

Lleva tu aviso de cita y una identificación con foto vigente. Faltar a la cita o llegar sin los documentos requeridos casi siempre significa reprogramar, lo que suma semanas a tu calendario, así que vale la pena revisar dos veces lo que dicen las indicaciones de USCIS sobre la cita antes de ir.

Si surge algo y no puedes asistir en la fecha programada, puedes pedir una reprogramación a través de USCIS en lugar de simplemente no presentarte, lo cual puede causar retrasos mayores.

Paso 8: entrevista de visa y aprobación de la green card

El paso final es tu entrevista, ya sea en un consulado de Estados Unidos en el extranjero o con USCIS si ajustaste tu estatus dentro del país. El oficial confirma tus documentos, pregunta sobre tu oferta de trabajo y tus antecedentes, y decide si aprueba tu caso.

La mayoría de las entrevistas transcurren sin problemas cuando el papeleo está completo y es coherente. Dicho esto, algunos casos son marcados para trámite administrativo, una revisión adicional que puede añadir semanas o meses antes de una decisión final, y que muchas veces se activa por algo tan común como un nombre que necesita verificación extra o documentación faltante de un paso anterior.

Si todo se aprueba, recibirás una visa de inmigrante para entrar a Estados Unidos (trámite consular) o tu green card se te enviará por correo directamente (ajuste de estatus). En ese momento, ya eres residente permanente legal.

Cómo prepararte para la entrevista

Lleva los originales de todos los documentos que enviaste electrónicamente, incluso los que ya revisó el NVC o USCIS. Los oficiales suelen pedir ver los originales en persona, y presentarte solo con copias puede significar reprogramar.

Prepárate para describir con tus propias palabras las funciones de tu trabajo, quién es tu empleador y cómo encontraste el puesto. Los oficiales están verificando que tu caso coincida con lo que se presentó por escrito, así que las respuestas coherentes y concretas suelen agilizar todo más que las ensayadas o vagas.

¿Cuánto tarda todo el proceso?

Cada paso descrito arriba tiene su propio calendario, y esos plazos cambian según los atrasos del gobierno, tu país de nacimiento y tu categoría específica de trabajador. En lugar de poner aquí cifras que podrían estar desactualizadas para cuando leas esto, consulta nuestra guía dedicada a los tiempos de trámite de la visa EB-3 mencionada arriba, o revisa la herramienta de tiempos de trámite de USCIS para ver estimaciones actuales de las etapas del I-140 y el I-485 en particular.

Documentos que conviene empezar a reunir desde ahora

Varios de los documentos que se necesitan más adelante en el proceso tardan semanas o meses en obtenerse, sobre todo los certificados de antecedentes penales de países con sistemas de registro lentos. Empezar temprano, incluso mientras todavía esperas el PERM o tu I-140, puede ahorrarte tiempo real más adelante.

Documentos que vale la pena solicitar con anticipación:

  • Acta de nacimiento, con una traducción certificada si no está en inglés
  • Acta de matrimonio, si aplica, y sentencias de divorcio de cualquier matrimonio anterior
  • Certificados de antecedentes penales de cada país en el que hayas vivido un año o más desde los 16 años, ya que algunos países tardan varios meses en emitirlos
  • Registros militares, si has servido en las fuerzas armadas de algún país
  • Pasaporte, revisado para que tenga al menos seis meses de vigencia más allá de tu fecha de viaje prevista

Guarda tanto los originales como las copias, y lleva una lista sencilla de qué documentos ya tienes y cuáles siguen pendientes. Esto resulta especialmente útil cuando llegas a la etapa del NVC o del ajuste de estatus, cuando varios documentos se piden al mismo tiempo.

Preguntas frecuentes

  1. ¿Necesito un abogado para el proceso EB-3?

    No es un requisito legal, pero la mayoría de los empleadores usan a un abogado de inmigración para manejar el PERM y la petición I-140, ya que los errores en esas etapas pueden costar meses de retraso. Que tú personalmente necesites uno depende de tu caso específico y de cómo lo tenga organizado tu empleador.

  2. ¿Puedo cambiar de empleador a mitad del proceso?

    Antes de que tu I-140 sea aprobado, cambiar de empleador generalmente significa reiniciar el proceso de certificación laboral desde el principio. Después de que tu I-140 lleve 180 días aprobado y tu solicitud de ajuste de estatus lleve 180 días pendiente, es posible que puedas cambiar de trabajo bajo las reglas de portabilidad, pero esto depende de tu situación específica.

  3. ¿Qué pasa si mi fecha de prioridad retrocede después de que ya llegué al NVC o presenté el DS-260?

    Tu caso no se cancela. Simplemente se pausa en la etapa a la que hayas llegado hasta que la fecha de prioridad vuelva a estar vigente.

  4. ¿Mi cónyuge y mis hijos también pueden obtener la green card?

    Sí. Los cónyuges y los hijos solteros menores de 21 años normalmente pueden solicitarla como beneficiarios derivados de tu caso, siguiendo los mismos pasos junto a ti.

  5. ¿El trámite premium acelera todo el proceso?

    No. Solo acelera la decisión sobre la petición I-140 en sí. La espera por la fecha de prioridad, que suele ser la parte más larga del calendario, no se ve afectada en absoluto por el trámite premium.

  6. ¿Cuál es la diferencia entre el trámite consular y el ajuste de estatus?

    El trámite consular es para personas que están fuera de Estados Unidos y termina con una entrevista en un consulado estadounidense. El ajuste de estatus es para personas que ya están legalmente en Estados Unidos y termina con una entrevista en una oficina de USCIS, sin necesidad de salir del país.

  7. ¿Puedo viajar al extranjero mientras mi caso está pendiente?

    Depende de la etapa en la que estés y del estatus que tengas en ese momento. Si estás ajustando tu estatus dentro de Estados Unidos, salir del país sin un documento de viaje aprobado (Advance Parole) puede tomarse como un abandono de tu solicitud, así que vale la pena revisarlo con cuidado antes de reservar cualquier viaje.

  8. ¿Qué pasa si pierdo mi trabajo después de que aprueben mi I-140?

    Si ocurre antes de que tu I-140 lleve 180 días aprobado, por lo general necesitas un nuevo empleador que reinicie el proceso de certificación laboral. Después de 180 días, las reglas de portabilidad pueden permitirte pasar a un trabajo similar sin empezar de cero, aunque los detalles dependen de tu caso.

Resumen

El proceso EB-3 recorre ocho etapas: encontrar un patrocinador, la determinación del salario prevaleciente, la certificación laboral PERM, la petición I-140, la espera por la fecha de prioridad, el trámite del NVC o el ajuste de estatus, la biometría y la entrevista final. Cada etapa está en manos de una parte distinta, algunas de tu empleador, otras del Departamento del Trabajo, otras de USCIS o del Departamento de Estado, y cada una tiene su propio calendario por separado. Entender en qué etapa estás y quién es responsable de hacerla avanzar es la forma más clara de saber qué esperar a continuación.

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