La Ley de Dignidad de 2025 podría transformar el futuro de los trabajadores y empleadores EB-3.

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El proceso de la visa EB-3: cada paso explicado (2026)

The EB-3 Visa Process: Every Step Explained (2026)

Resumen:

El proceso de la visa EB-3 consta de cuatro etapas principales, incluyendo la solicitud del salario prevaleciente y la certificación laboral PERM. La mayoría de los trabajadores enfrentan una espera en la fila de la fecha de prioridad, que varía según el país de origen. Este proceso es iniciado por el empleador y supervisado por el Departamento de Trabajo y el USCIS.

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El proceso de la visa EB-3 tiene cuatro etapas principales: la solicitud del salario prevaleciente, la certificación laboral PERM, la petición de inmigrante y, después, el trámite consular o el ajuste de estatus. La mayoría de los trabajadores pasa la mayor parte de la espera en una sola etapa, la fila de la fecha de prioridad, que puede durar desde menos de un año hasta varios años según tu país de origen.

Esta guía recorre cada paso en orden, con enlaces a información más detallada sobre cada uno. Para una visión más amplia de la categoría EB-3 en sí, consulta nuestra descripción general del proceso de la visa EB-3.

Cómo funciona el proceso EB-3, de principio a fin

El proceso EB-3 sigue un orden claro, aunque intervengan varias agencias del gobierno. Lo inicia tu empleador, no tú, y ese es uno de los mayores cambios para los trabajadores acostumbrados a trámites en los que ellos controlan los tiempos.

Dos agencias se encargan de partes distintas del proceso. El Departamento de Trabajo (DOL) supervisa las etapas de salario y reclutamiento.

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS) y el Departamento de Estado se ocupan de las etapas migratorias posteriores. El abogado de tu empleador suele coordinar el traspaso entre ambas.

Esta es la secuencia de un vistazo:

  1. Determinación del salario prevaleciente. Tu empleador le pregunta al Departamento de Trabajo cuál es el salario estándar para tu puesto en tu zona.
  2. Certificación laboral PERM. Tu empleador demuestra que no hay ningún trabajador estadounidense calificado disponible para el puesto.
  3. Petición de inmigrante I-140. Tu empleador la presenta ante USCIS para establecer tu fecha de prioridad.
  4. Espera de la fecha de prioridad. Esperas a que tu fecha de prioridad esté vigente según el boletín de visas.
  5. Paso final. Pasas por el trámite consular en el exterior o por el ajuste de estatus si ya estás en Estados Unidos.

Cada paso depende de que termine el anterior. No hay forma de adelantarse ni de presentar dos pasos a la vez para ganar tiempo.

Ayuda pensar en esto como el proceso de tu empleador más que como el tuyo, al menos en las primeras etapas. En los pasos 1 a 3 tu papel se limita casi siempre a entregar documentos y esperar, mientras que en el paso final pasas a tener un rol mucho más activo.

Paso 1: Determinación del salario prevaleciente (ETA-9141)

Antes de que tu empleador pueda reclutar para el PERM, necesita una cifra salarial del Departamento de Trabajo. Esta es la solicitud de salario prevaleciente, que se presenta con el Formulario ETA-9141.

El DOL analiza el título de tu puesto, tus funciones y el lugar de trabajo, y luego fija un salario mínimo que tu empleador debe ofrecer. Una vez emitido, tu empleador no puede pagarte menos de esa cifra.

Esta etapa suele tardar unos meses, y nada más en el proceso puede avanzar hasta que termine.

La cifra salarial importa más de lo que parece. Si el salario que realmente ofrece tu empleador queda por debajo del salario prevaleciente, toda la solicitud se rechaza y hay que corregirla.

Tu empleador presenta información detallada sobre el puesto, incluidas las funciones, la experiencia requerida, el nivel educativo y el lugar de trabajo específico. Incluso pequeñas diferencias en la descripción del puesto pueden cambiar el salario que corresponde.

Por lo general no participarás directamente en esta etapa. Tu empleador o su abogado se encargan de la presentación, y es posible que solo veas el resultado cuando se emita la determinación salarial y comience el reclutamiento del PERM.

Paso 2: Certificación laboral PERM (ETA-9089)

Una vez fijado el salario, tu empleador tiene que demostrar que primero intentó contratar a un trabajador estadounidense y no encontró a nadie calificado. Eso implica un reclutamiento real: publicaciones de la vacante, anuncios en periódicos en algunos casos y un periodo de espera para recibir solicitudes.

Si ningún trabajador estadounidense calificado se postula, tu empleador presenta el Formulario ETA-9089 ante el Departamento de Trabajo. Esa es la solicitud PERM propiamente dicha.

Es la etapa que más a menudo se marca para una revisión adicional, llamada auditoría, si algo parece inconsistente. Una solicitud PERM limpia suele resolverse en unos meses; una auditada puede tardar un año o más.

El reclutamiento para el PERM sigue reglas específicas que fija el DOL, no lo que tu empleador haría normalmente para contratar a alguien. Eso suele significar al menos dos anuncios en el periódico dominical, una oferta de empleo de 30 días con la agencia estatal de empleo y pasos adicionales de reclutamiento según el tipo de puesto.

Tu empleador tiene que documentar a cada persona que se postuló y la razón específica y legal por la que cada una no estaba calificada para el puesto. Esa documentación es exactamente lo que revisa un auditor del DOL si marcan tu caso.

Entre los detonantes habituales de una auditoría están los requisitos del puesto inusualmente específicos, un salario que parece bajo para el cargo, o un empleador que ha presentado varias solicitudes PERM para el mismo puesto en poco tiempo. Nada de esto depende directamente de ti, pero vale la pena entender por qué esta etapa a veces tarda mucho más que las demás.

Paso 3: Presentación de la petición de inmigrante I-140

Una vez aprobado el PERM, tu empleador presenta el Formulario I-140, la Petición de Inmigrante para Trabajador Extranjero, ante USCIS. Esta es la etapa que establece oficialmente tu fecha de prioridad, la fecha que determina tu lugar en la fila para la green card.

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La I-140 también confirma que tu empleador puede pagar el salario al que se comprometió. USCIS revisa tus calificaciones frente a los requisitos del puesto que figuran en la solicitud PERM.

Que se apruebe aquí no significa que ya recibas tu green card. Significa que aseguraste tu lugar en la fila.

USCIS ofrece procesamiento premium para la I-140 con un costo adicional, que acelera la decisión de la agencia sobre la petición en sí, normalmente a cuestión de semanas. Conviene saber que el procesamiento premium solo afecta la rapidez con la que USCIS decide sobre la I-140.

No hace nada para adelantar tu fecha de prioridad, porque eso se rige por separado a través del boletín de visas.

Si USCIS niega la I-140, tu empleador por lo general puede volver a presentarla, pero en la mayoría de los casos eso implica pasar de nuevo por el PERM. Una negación en esta etapa es poco común si el PERM se aprobó sin problemas, ya que USCIS verifica sobre todo que el puesto y tus calificaciones coincidan con lo que ya fue certificado.

Paso 4: La espera de la fecha de prioridad

Esta suele ser la parte más larga de todo el proceso EB-3. Tu fecha de prioridad tiene que estar "vigente" según el boletín de visas del Departamento de Estado antes de que puedas pasar al paso final.

Cuánto tarda depende en gran medida de tu país de nacimiento, no de dónde vives actualmente. Los trabajadores nacidos en países con mucha demanda, como India, China, México y Filipinas, suelen esperar años más que quienes nacieron en otros lugares.

Para un desglose completo de lo que determina tu lugar en la fila, consulta nuestra guía sobre la fecha de prioridad. En esta etapa realmente no hay nada que hacer más que esperar y mantener tus documentos al día.

Algunos trabajadores aprovechan este tiempo para solicitar autorización de empleo mediante el Formulario I-765 si califican por otro estatus. El boletín de visas se publica cada mes y muestra una fecha de corte para cada país y categoría.

Si tu fecha de prioridad, es decir, la fecha en que se presentó tu I-140, es igual o anterior a esa fecha de corte, estás vigente y puedes pasar al paso final. Si no, sigues esperando y revisando el boletín cada mes.

Es fácil desanimarse al ver que el boletín avanza lentamente o no se mueve en algunos meses. Vale la pena recordar que el boletín refleja los límites anuales de visas fijados por el Congreso, no algo relacionado con tu caso en particular, así que un boletín estancado no significa que algo haya salido mal con tu petición.

Paso 5a: Trámite consular (si estás fuera de Estados Unidos)

Si vives fuera de Estados Unidos cuando tu fecha de prioridad se vuelve vigente, pasarás por el trámite consular en una embajada o consulado estadounidense en tu país. Esto comienza con la solicitud de visa de inmigrante DS-260, que se presenta en línea a través del Centro Nacional de Visas.

Después de enviar la DS-260 y de que revisen tus documentos, el NVC programa tu entrevista de visa. Antes de la entrevista también necesitarás un examen médico con un médico autorizado en tu país, ya que los resultados se exigen en la propia entrevista.

En la entrevista, un oficial consular revisa tu caso y decide si emite la visa. La mayoría de los oficiales consulares se centran en confirmar que la oferta de trabajo sigue vigente, que tus calificaciones coinciden con lo certificado en el PERM y que no hay nada en tus antecedentes que te haga inelegible.

Si te la aprueban, recibes una visa de inmigrante en tu pasaporte y puedes entrar a Estados Unidos como residente permanente legal. Pagarás una tarifa de inmigrante en línea antes de que te emitan la visa.

Una vez que entras a Estados Unidos con tu visa de inmigrante, tu green card suele llegar por correo en unas pocas semanas. Eres residente permanente desde el momento en que te admiten en el puerto de entrada, incluso antes de que llegue la tarjeta física.

Paso 5b: Ajuste de estatus (si ya estás en Estados Unidos)

Si ya te encuentras legalmente en Estados Unidos cuando tu fecha de prioridad se vuelve vigente, puedes presentar el Formulario I-485 para ajustar tu estatus en lugar de salir del país. Este es el proceso oficial de ajuste de estatus de USCIS, y en la mayoría de los casos te permite convertirte en residente permanente sin una entrevista consular en el extranjero.

Como parte de esta etapa, te programarán una cita de datos biométricos en un Centro de Apoyo de Solicitudes, donde USCIS toma tus huellas dactilares y tu foto. Muchos trabajadores en esta etapa también solicitan un permiso de trabajo con el Formulario I-765 para poder seguir trabajando mientras la I-485 está pendiente.

Los tiempos de procesamiento del ajuste de estatus varían según la oficina de USCIS, pero en general son más predecibles que los del trámite consular. Algunos solicitantes de ajuste de estatus también pueden pedir la exención de la entrevista, lo que significa que USCIS decide el caso solo con la documentación, sin exigir una entrevista presencial.

Que esto aplique o no depende de tu caso específico y de la política vigente de USCIS, así que conviene confirmarlo con tu abogado en lugar de darlo por hecho en un sentido o en otro. Una vez aprobada tu I-485, te conviertes en residente permanente de inmediato, sin necesidad de salir y volver a entrar al país.

Tu green card física suele llegar por correo unas semanas después de la aprobación.

Documentos que conviene tener listos durante todo el proceso

El proceso EB-3 se extiende por meses o años, y cada etapa pide documentos distintos. Tener todo organizado desde el principio ahorra mucho tiempo después.

Esto es lo que suelen pedirte en algún momento del camino:

  • Documentos de identidad. Pasaporte vigente, acta de nacimiento y cualquier registro de visas anteriores.
  • Historial educativo y laboral. Diplomas, certificados de estudios y cartas de empleadores anteriores que confirmen tus funciones y las fechas de empleo.
  • Documentos de matrimonio y familia. Acta de matrimonio y actas de nacimiento de los hijos que soliciten contigo.
  • Historial médico. Registro de vacunas, ya que el examen médico más adelante en el proceso te lo pedirá.
  • Documentos financieros. Normalmente no se te exigen a ti directamente, pero tu empleador tendrá que demostrar que puede pagar el salario ofrecido.

Traduce con anticipación cualquier documento que no esté en inglés, porque conseguir traducciones certificadas puede tomar tiempo. Es más fácil resolverlo temprano que andar corriendo justo antes de una fecha límite de presentación.

Plazos realistas: cuánto tarda todo el proceso

Los plazos cambian con frecuencia según el movimiento del boletín de visas y los atrasos de procesamiento de USCIS y el DOL, por eso mantenemos una página dedicada que actualizamos con regularidad. Consulta los tiempos actuales de procesamiento de la visa EB-3 para tener el panorama más preciso de cómo están las cosas ahora mismo, o revisa la herramienta de tiempos de procesamiento de USCIS directamente para las etapas de la I-140 y la I-485.

En general, las etapas del PERM y la I-140 juntas tardan aproximadamente entre 8 y 18 meses si no hay auditoría. La espera de la fecha de prioridad es la variable que más hace variar el plazo total, desde menos de un año hasta varios años según tu país de nacimiento.

El paso final, sea cual sea la versión que te corresponda, suele añadir otros 6 a 12 meses una vez que tu fecha de prioridad está vigente. Como gran parte del plazo depende de factores fuera del control directo de cualquiera, como el volumen de trámites del DOL, si tu caso es auditado y el movimiento del boletín de visas atado a los límites anuales, conviene consultar periódicamente con tu empleador o abogado en lugar de dar por sentada una fecha fija.

Dos trabajadores que empiezan el proceso el mismo día pueden terminar con plazos muy distintos solo por su país de nacimiento.

Preguntas frecuentes

  1. ¿Necesito un abogado para el proceso EB-3?

    No es un requisito legal, pero la mayoría de los empleadores recurre a un abogado de inmigración para manejar las presentaciones del PERM y la I-140, ya que los errores pueden obligar a reiniciar el proceso de reclutamiento. Como trabajador, es menos probable que necesites tu propio abogado, a menos que tu caso tenga complicaciones como una negación de visa anterior o un historial laboral poco común.

  2. ¿Puedo cambiar de empleador durante el proceso?

    Depende de la etapa en la que estés. Cambiar antes de que se apruebe tu I-140 normalmente significa empezar de cero con la solicitud PERM de un nuevo empleador, mientras que cambiar después de que tu I-140 lleve aprobada 180 días o más puede permitirte conservar tu fecha de prioridad bajo las reglas de portabilidad.

  3. ¿Qué pasa si mi empleador retira el patrocinio?

    Si ocurre antes de que se apruebe tu I-140, pierdes tu lugar en el proceso y necesitarías un nuevo empleador que inicie el PERM otra vez. Si ocurre después de la aprobación de la I-140 y cumples el umbral de portabilidad de 180 días, es posible que puedas transferir tu fecha de prioridad a un nuevo empleo que califique.

  4. ¿El proceso es diferente para los trabajadores EB-3 calificados frente a los no calificados?

    Los pasos en sí son idénticos: el PERM, la I-140, la espera de la fecha de prioridad y el paso final aplican a ambos. La diferencia se nota sobre todo en la demanda y los tiempos de espera, ya que la subcategoría de "otros trabajadores" (no calificados) del EB-3 históricamente ha tenido atrasos más largos en algunos países que la subcategoría de trabajadores calificados.

  5. ¿Puedo acelerar alguna parte del proceso EB-3?

    La opción principal es el procesamiento premium de la I-140, que solo afecta la rapidez con la que USCIS decide esa petición. No existe una forma legítima de acelerar el reclutamiento del PERM, las auditorías del DOL ni tu posición en la fila de la fecha de prioridad, ya que eso depende de la carga de trabajo de las agencias y de los límites anuales de visas, y no de algo que un caso individual pueda influir.

Resumen

El proceso EB-3 se desarrolla en cuatro etapas con un orden fijo: determinación del salario prevaleciente, certificación laboral PERM, la petición I-140 y, después, el trámite consular o el ajuste de estatus. Tu empleador impulsa las tres primeras etapas, y la espera de la fecha de prioridad que hay en medio suele ser la parte más larga de todo el recorrido.

Entender en qué etapa estás, y qué depende de qué, hace más fácil saber qué esperar a continuación y cuándo dar seguimiento con tu empleador o abogado. Para orientación oficial directamente de las agencias gubernamentales involucradas, consulta la descripción general del EB-3 de USCIS, la página de visas por empleo del Departamento de Estado y el portal FLAG del Departamento de Trabajo, donde se procesan las solicitudes de PERM y de salario prevaleciente.

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